Estas recomendaciones de VIAJES A CHINA e laboradas por la
Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares, carecen de efecto
vinculante alguno y operan como mero aviso o consejo. El Estado no resultará
responsable en modo alguno ni por ningún concepto de los daños o perjuicios
que, tanto por la observancia como por desconocimiento o no atención de la
recomendación, pudieran ocasionarse a personas o bienes, no considerando
dicha recomendación título que ampare reclamación alguna en tal sentido.
RECOMENDACIONES DE VIAJE
Para un viaje más seguro, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación RECOMIENDA:
* que se provea de la documentación necesaria antes de la salida: billetes
de retorno, documento de viaje, pasaporte o D.N.I., visado para aquellos
países que lo requieran, y un seguro de viaje lo más amplio posible.
* que tenga siempre presente que constituye una obligación ineludible de
toda persona que viaja al extranjero respetar las leyes de otros países,
que, en muchos casos, difieren de forma sustancial de las leyes españolas.
Esta recomendación es especialmente importante en lo que se refiere a la
tenencia, consumo y tráfico de estupefacientes (incluido el alcohol en
algunos países).
* que prevenga el robo o pérdida de su documentación personal y de sus
billetes de viaje.
* que tome nota del teléfono y dirección de la Embajada o Consulado de
España en el país que se propone visitar.
* que en caso de detención, se solicite inmediatamente a las autoridades
locales se comunique dicha circunstancia al Consulado español.
* que en caso de estancias prolongadas se registre como transeúnte en la
Oficina Consular.
* recuerde que un Consulado Honorario únicamente desempeña funciones de
asistencia urgente e inmediata.
* que consulte los consejos y normas sanitarias para viajeros
internacionales del Ministerio de Sanidad y Consumo (C/Francisco Silvela, 57
- Teléfono 91-309.56.03- 28071-MADRID)